Retención de boletas de honorarios 2026: cuánto retener y cómo declararlo
Si tu empresa paga una boleta de honorarios, en 2026 retiene el 15,25% del monto bruto, le transfiere el resto a quien la emitió y paga lo retenido al SII en su F29 del mes siguiente.
Actualizado el 1 de octubre de 2026
Calcula la retención
Le transfieres a quien emitió la boleta
Bruto de la boleta: Retienes y pagas al SII:
¿Tu empresa tiene que retener?
Según el artículo 74 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, están obligados a retener quienes pagan una boleta de honorarios y son:
- Personas jurídicas en general: una SpA, una EIRL, una sociedad limitada.
- Personas naturales con negocio que deben llevar contabilidad por sus rentas de primera categoría.
- Instituciones fiscales y semifiscales y municipalidades.
Si tu empresa está en ese grupo, la retención no es opcional: el pago al SII sigue siendo de tu empresa aunque le hayas transferido el monto completo a quien emitió la boleta.
Si quien paga no está obligado a retener (por ejemplo, una persona sin negocio), paga el bruto completo. En ese caso, quien emite la boleta lo hace «sin retención» y paga el impuesto él mismo, como pago provisional mensual.
Tasas de retención de 2025 a 2028
La tasa sube cada año hasta llegar al 17% en 2028, por la Ley 21.133, que incorporó a los trabajadores independientes a la seguridad social.
| Año | Tasa de retención |
|---|---|
| 2025 | 14,5% |
| 2026 | 15,25% |
| 2027 | 16% |
| 2028 en adelante | 17% |
La boleta electrónica del SII calcula la retención sola al emitirla. Si una boleta se emitió en un año y se paga en el siguiente, confirma con tu contador qué tasa corresponde.
Un ejemplo completo
Tu SpA contrata a un diseñador por $500.000 brutos y le paga el 15 de octubre de 2026:
- La retención es 15,25% de $500.000: $76.250.
- Al diseñador le transfieres $423.750.
- En el F29 que presentas en noviembre, declaras y pagas los $76.250 en la línea de retenciones de honorarios (código 151).
- En tu contabilidad, el gasto es el bruto, $500.000; no los $423.750.
Si en vez de eso acordaste que el diseñador reciba $500.000 líquidos, la boleta tiene que ser por más: $500.000 ÷ (1 − 0,1525) = $589.971 brutos. Es la opción «Es lo que debe recibir la persona» de la calculadora.
Errores que vemos en pymes
- Transferir el bruto completo. Después hay que pagar la retención igual en el F29, y sale de la caja de la empresa.
- Olvidar la retención en el F29. Es un impuesto retenido no enterado: genera multa, intereses y reajuste.
- Registrar como gasto solo lo transferido. Así la utilidad parece más alta de lo que es.
- No guardar esa plata para el mes siguiente. La retención ya no es tuya desde que pagas la boleta, aunque siga en tu cuenta unas semanas.
¿Y para quien emite la boleta?
Lo retenido no se pierde: en la declaración de renta de abril se usa primero para pagar sus cotizaciones de trabajador independiente (salud, pensión y seguros), y lo que sobra se le devuelve o se abona a su impuesto.
TUtilidad lo calcula por ti
Al anotar un gasto marcas «Boleta de honorarios, retengo el impuesto». TUtilidad guarda el bruto, te muestra cuánto transferir, descuenta el líquido de tu caja el día del pago y suma la retención a tu F29 del mes siguiente, con la tasa de cada año.
Probar TUtilidad gratisOtra guía: PPM Pro Pyme 2026, tasas y calculadora.
Fuentes: Servicio de Impuestos Internos, Boleta de Honorarios 2026 y Boleta de Honorarios para nuevos contribuyentes; Ley sobre Impuesto a la Renta, art. 74 N° 2; Ley 21.133. Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un contador.